A continuación detallamos las fechas de vencimiento de las cuotas de arancel para alumnos de Pregrado y Quintos Años, para el año académico 2025.
En particular:
Las siguientes son las formas de pago de cuotas educacionales de matrícula y arancel con que cuenta la Universidad:
El pago de las cuotas podrá realizarse mediante cargos automáticos a Cuenta Corriente a Tarjeta de Crédito. La suscripción de un convenio PAT o PAC autorizará como mandante a la Universidad Adolfo Ibáñez, a cargar mensualmente, los días 05 de cada mes o el día hábil siguiente, el monto correspondiente a las cuotas de matrícula o arancel del alumno.
Para poder suscribir estos convenios se requiere que tanto la Cuenta Corriente como la Tarjeta de Crédito sean chilenas.
En el caso del PAT se deberá suscribir un Mandato directamente en la plataforma de Transbank. Para la suscripción se debe tener en consideración lo siguiente:
La activación de mandatos PAC se puede hacer directamente en la página web del banco del cuenta correntista en la opción PAGOS-INSCRIBIR CUENTAS, seleccionando en el rubro EDUCACIÓN a la UNIV. ADOLFO IBÁÑEZ.
Si autorizaste el pago de la matrícula y las cuotas de arancel mediante la modalidad de cargo automático, aceptaste que este hecho producirá el efecto de matricularte para el/los período/s académico/s futuro/s con todos los efectos académicos y financieros que ello conlleva.
Será tu y/o tu sostenedor quien deberá instruir a su Banco para eliminar el pago automático en caso que determines no matricularte para el período académico siguiente. A su vez, deberás informar inmediatamente a la Universidad este hecho (soportepatpac@uai.cl), con el fin de que ésta registre el cambio y habilite las demás opciones de pago disponibles, según corresponda.
En este sitio se podrá pagar deuda de cuotas educacionales de matrícula y arancel asociados a cuponera y cuotas cuyo cargo PAC/PAT fue rechazado.
La prioridad en el pago la tienen las cuotas impagas y luego las cuotas futuras por vencer. La regularización de la deuda deberá ser en ese orden.
El Portal cuenta con 5 botones de pago: Webpay (para pagos con Tarjeta de Débito o Tarjeta de Crédito), Banco Santander, Servipag, Flywire (tarjetas y cuentas extranjeras) y PayPal (tarjetas extranjeras).
Los pagos realizados en este sitio son en línea con la Universidad, no así los realizados con cupón de pago en las cajas del Banco Santander o en el sitio web del mismo.
La Universidad también cuenta con la opción de pago en las cajas del Banco Santander, presentando un cupón de pago (se obtiene en el Portal de Pagos de la UAI). Si se posee cuenta corriente en este banco, existe la opción de pagar directamente en la página web de éste.
Se debe tener en cuenta que los pagos realizados en el Banco Santander no son en línea y pueden verse reflejados al día siguiente o subsiguiente de realizados, por ende, si el alumno se encuentra bloqueado, su acceso a Intranet se habilitará 24 a 72 horas después de informado el pago.
Conforme a lo estipulado en el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales, las cuotas mensuales se pagarán en su equivalente en moneda nacional a la fecha de su pago efectivo.
Para todos los efectos, se entenderá que las cuotas son pagadas en el orden de su vencimiento. El no pago íntegro y oportuno de cualquiera de las cuotas, faculta a la Universidad para exigir el pago total de lo adeudado, como si se tratara de una obligación a plazo vencido.
Por cada día de atraso en el pago, se devengará en forma automática el interés máximo convencional para operaciones de crédito de dinero en moneda nacional reajustables que rige a esta fecha.
El interés se aplicará sobre el capital reajustado, debiendo para tales efectos capitalizarse los reajustes e intereses cada treinta días.
Gastos de cobranza:
Dentro de los primeros 15 siguientes a cada vencimiento de la cuota impaga, la Universidad realizará sin cargo para el alumno y su sostenedor financiero, una gestión tendiente a informarlo de la respectiva morosidad a fin de obtener su regularización.
Transcurridos los primeros 20 días de atraso, sin que se hubiese verificado el pago, se aplicará sobre el monto de la deuda vencida, un recargo por concepto de gastos de cobranza extrajudicial que se realicen, equivalente a los siguientes montos: 9% sobre la deuda, si ésta no supera las 10 UF; 6% sobre la parte de la deuda que exceda de 10 UF y hasta las 50 UF; y, 3% sobre la parte de la deuda que exceda las 50 UF.
La cobranza judicial podrá ser realizada por terceros contratados por la Universidad.
El incumplimiento de las obligaciones asumidas, da derecho a la Universidad para suspender parcial o totalmente la prestación de los servicios educacionales, incluida la obtención de una licenciatura o título profesional, y también los servicios complementarios, tales como emisión de certificados y cartas de patrocinio.
El alumno puede quedar suspendido de todos los beneficios estudiantiles, entre otros, el derecho a acceso a Intranet y la inscripción de cursos.
En conformidad a lo establecido en la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, la Universidad Adolfo Ibáñez encargará la cobranza extrajudicial a la empresa Provalores S.A., o a la que en su oportunidad se comunique.
La cobranza extrajudicial se efectuará de lunes a viernes, desde las 8:00 hasta las 20:00 horas.
En caso que la deuda morosa sea enviada a cobranza judicial, tanto los honorarios de cobranza como las costas judiciales, serán de cargo del deudor.
Con el fin de poder gestionar la regularización de la deuda impaga, la Universidad proporcionará a la empresa BST SERVICIOS PROFESIONALES LTDA.. los datos personales del Alumno y de su Sostenedor Financiero (nombre, rut, domicilio, correo electrónico, teléfonos, fecha de nacimiento, estado civil, profesión y cualquier otro que sea necesario para estos fines).
La Vicerrectoría de Finanzas y Gestión de la UAI informa que están vigentes las siguientes restricciones que afectarán a los alumnos que adeuden cuotas educacionales y/o la matrícula:
Solicitamos tomar las correspondientes medidas para evitar caer en las causales de restricción mencionadas y eventualmente interrumpir sus estudios en la Universidad, conforme al Reglamento Académico y al Contrato de Prestaciones de Servicios Educacionales suscrito.
Las medidas antes mencionadas están orientadas a permitir que la Universidad cumpla oportunamente con los compromisos adquiridos con todos sus estudiantes, sus proveedores y su personal.